Como todos los años por estas fechas, los trabajadores están esperando el pago de la prima de mitad de año. Los empleados domésticos con contrato laboral, ya sea acordado por escrito o de manera verbal, no son la excepción.
Teniendo en cuenta esto, cada persona que contrate empleados domésticos está obligada a pagar dos primas, una a mitad de año y otra a final de año, incluso si el trabajador solo va algunos días a la semana.
Según la ley 1788 de 2016, el cubrimiento de esta prestación se extendió a personas que se desempeñen en las siguientes áreas:
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La prima para este grupo de empleados funciona igual que para el resto de trabajadores en el país y puede ser calculada con una simple fórmula:
Salario x días del semestre que trabajó / 360
Por ejemplo: este año el salario mínimo equivale a $1’300.000 pesos y el trabajador ejerció sus labores durante 180 días en el semestre. Se deben multiplicar estos dos valores, lo que tendrá como resultado 234’.000.000. Cifra que al dividirla en 360 será igual a $650.000, el equivalente a la prima de mitad de año.
Si el trabajador doméstico cumple sus labores por días, se deberán utilizar estas dos fórmulas para calcular la prima.
Salario por día x días del mes que trabajó = salario mensual.
Salario mensual x días del semestre que trabajó / 360 = prima.
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Según la ley, la primera prima del año se debe pagar antes del 30 de junio. Por otro lado, la prima de fin de año debe pagarse durante los primeros 20 días de diciembre. El no realizar estos pagos como empleador, puede traer como consecuencia la imposición de multas que van de uno a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
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